Empleadas domésticas cuánto cobran en agosto y qué debe pagar el empleador

Empleadas domésticas cuánto cobran en agosto y qué debe pagar el empleador

Las empleadas domésticas cobrarán durante agosto los haberes correspondientes a julio de 2026, mes que incorporó el último tramo del incremento salarial acordado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP).

La actualización contempla una suba del 1,4% respecto de junio y la incorporación al salario básico del 50% restante de la suma no remunerativa pactada meses atrás. Como todavía no se oficializó una nueva paritaria para agosto, las escalas vigentes siguen siendo las correspondientes a julio y son las que deben utilizarse para liquidar los salarios del próximo mes.

Cuánto cobran las empleadas domésticas en agosto

Los salarios mínimos que deberán abonarse durante agosto, correspondientes al trabajo realizado en julio, son los siguientes:

Tareas generales

  • Con retiro: $3.733,72 por hora y $458.053,22 por mes
  • Sin retiro: $3.996,45 por hora y $505.302,76 por mes

Supervisores

  • Con retiro: $4.438,77 por hora y $553.725,91 por mes
  • Sin retiro: $4.829,13 por hora y $612.673,11 por mes

Personal para tareas específicas

  • Con retiro: $4.223,25 por hora y $517.006,43 por mes
  • Sin retiro: $4.597,18 por hora y $571.426,17 por mes

Caseros

  • Sin retiro: $3.996,45 por hora y $505.302,76 por mes

Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $3.996,45 por hora y $505.302,76 por mes
  • Sin retiro: $4.435,86 por hora y $558.972,92 por mes

Por qué el sueldo no cambia en agosto

Aunque muchas familias esperan un nuevo aumento, hasta el momento no existe una nueva resolución de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares que modifique la escala salarial.

Esto significa que los salarios que se pagan durante agosto continúan siendo los correspondientes a julio, ya que los aumentos definidos en la Resolución 4/2026 finalizaron con el incremento del 1,4% aplicado sobre los haberes de ese mes.

Hasta que la Comisión vuelva a reunirse y acuerde una nueva actualización, esos valores seguirán siendo la referencia para empleadores y trabajadoras.

Qué debe pagar el empleador además del sueldo

El salario mensual no es el único costo que debe afrontar quien contrata una empleada doméstica registrada. La legislación vigente establece una serie de obligaciones adicionales que buscan garantizar la cobertura previsional y los derechos laborales de las trabajadoras de casas particulares.

Entre las principales responsabilidades del empleador se encuentran:

  • Registrar la relación laboral en ARCA
  • Pagar mensualmente los aportes y contribuciones al régimen de seguridad social
  • Abonar la cuota correspondiente a la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo)
  • Entregar el recibo de sueldo con la liquidación mensual
  • Depositar el salario dentro de los plazos previstos por la normativa
  • Respetar las licencias, vacaciones, aguinaldo y demás derechos establecidos por la Ley 26.844

Además, el empleador debe mantener registrada a la trabajadora durante toda la relación laboral, independientemente de la cantidad de horas que preste servicios por semana. El objetivo es que pueda acceder a beneficios como la obra social, los aportes jubilatorios y la cobertura frente a accidentes de trabajo.

Quiénes cobran por hora y quiénes deben estar mensualizadas

La forma de liquidar el salario depende de la cantidad de horas trabajadas para un mismo empleador.

La normativa establece que quienes prestan servicios menos de 24 horas semanales pueden cobrar por hora o por jornada, mientras que las trabajadoras que cumplen 24 horas semanales o más deben ser mensualizadas.

En el caso del personal que cobra por hora, el pago puede realizarse al finalizar cada jornada o semanalmente, según el acuerdo alcanzado entre las partes. Las trabajadoras mensualizadas, en cambio, perciben un salario fijo que no puede ser inferior al establecido por la escala salarial vigente para su categoría.

Qué adicionales pueden aumentar el sueldo de una empleada doméstica

Además del salario básico fijado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, existen conceptos que pueden incrementar la remuneración mensual.

Los principales adicionales son:

  • Antigüedad: corresponde un adicional equivalente al 1% del salario básico por cada año trabajado con el mismo empleador
  • Zona desfavorable: quienes trabajan en La Pampa, Río Negro, Neuquén, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, además del partido bonaerense de Patagones, perciben un adicional del 31%
  • Horas extras: tienen un recargo del 50% en días hábiles y del 100% cuando se realizan los sábados después de las 13, domingos o feriados

Estos conceptos deben incorporarse a la liquidación cuando corresponda y forman parte de las obligaciones previstas para el empleador dentro del régimen de casas particulares.

¿Habrá un nuevo aumento para las empleadas domésticas?

Hasta el momento, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares no publicó una nueva resolución que actualice los salarios para agosto de 2026.

Por ese motivo, la escala correspondiente a julio continúa vigente y seguirá utilizándose para liquidar los haberes hasta que se alcance un nuevo acuerdo paritario y sea oficializado en el Boletín Oficial.

Las próximas definiciones dependerán de una nueva convocatoria de la Comisión, organismo encargado de negociar las actualizaciones salariales para el personal de casas particulares. Mientras eso no ocurra, empleadores y trabajadoras deberán continuar utilizando los valores actualmente vigentes.

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